RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 764-2019-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Suspenden cobro de los gastos de la Policía Nacional del Perú por la prestación de Servicios Policiales Extraordinarios para atender necesidades adicionales a la asignación regular en la jurisdicción de los gobiernos locales-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 764-2019-IN
Fecha de disposición | 28 Mayo 2019 |
Fecha de publicación | 29 Mayo 2019 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Sección | Sección Única |
Lima, 28 de mayo de 2019
Vistos, el Informe Técnico N° 01-2019-IN/VSP/DGSC-AT de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 024-2019-SUB-COMGEN-PNP/DIVSEEPI de la División de Supervisión, Evaluación de Estrategias y Planes Institucionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 001343-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y al Fondo de Aseguramiento adscrito a él;
Que, conforme al artículo 4 y al numeral 2) del inciso 5.1 del artículo 5 del referido Decreto Legislativo, el Ministerio del Interior ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; así también, ejerce competencia compartida en materia de seguridad ciudadana, de acuerdo a Ley y tiene por función, entre otras, garantizar, mantener y restablecer el orden interno, el orden público y la seguridad ciudadana en el marco de sus competencias;
Que, conforme a los artículos II y III del Título Preliminar del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, la Policía Nacional del Perú es una institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; y que para el cumplimiento de la función policial, realiza entre otras acciones las siguientes: “1) Garantiza, mantiene y restablece el orden interno (…); 2) Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; 3) Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; 4) Previene, investiga los delitos y faltas, combate la delincuencia y el crimen organizado (…)”;
Que, de acuerdo a lo señalado en la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1267, la Policía Nacional del Perú, a través del personal policial que se encuentre de vacaciones, permiso o franco y de manera voluntaria, podrá prestar...
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