RESOLUCION, Nº 089-2019-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Simplifican el Procedimiento de Inscripción en el Registro de Personas que elaboran Informe de Índice de Riesgos del Sistema de Tanques Enterrados-RESOLUCION-Nº 089-2019-OS/CD

EmisorORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2019

Simplifican el Procedimiento de Inscripción en el Registro de Personas que elaboran Informe de Índice de Riesgos del Sistema de Tanques Enterrados

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N°089-2019-OS/CD

Lima, 16 de mayo de 2019

VISTO:

El Memorando N° GSE - 218 -2019, de la Gerencia de Supervisión de Energía, a través del cual se pone en consideración el proyecto que simplifica el Procedimiento de Inscripción en el Registro de Personas que elaboran Informes de Índice de Riesgos del Sistema de Tanques Enterrados.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 064-2009-EM, modificado por Decreto Supremo N° 024-2012-EM, los operadores de los Sistemas de Tanques Enterrados (STE) deben realizar la prueba de inspección de hermeticidad y obtener el certificado de inspección correspondiente emitido por una entidad acreditada; y, además deben presentar a Osinergmin un Informe de Índice de Riesgos del STE suscrito por el operador y por la persona natural o jurídica inscrita en el Registro de Osinergmin;

Que, conforme con lo establecido en el literal c) del inciso 1 del artículo 3 de la Ley N° 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Osinergmin cuenta con la facultad de emitir las normas que regulan los procedimientos a su cargo y las normas de carácter general referidas a actividades supervisadas; facultad que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones;

Que, en ejercicio de su función normativa, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 222-2012-OS/CD, publicada el 29 de setiembre de 2012, se aprobó el “Procedimiento de Inscripción en el Registro de Personas que elaboran Informes de Índice de Riesgos de los Sistemas de Tanques Enterrados (STE)”, que en su artículo 9, contempla los requisitos de inscripción en el mencionado registro y, en el artículo 12 prevé la inscripción temporal en dicho registro;

Que, dada la experiencia recogida durante la vigencia del Procedimiento aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 222-2012-OS/CD, y con la finalidad de simplificar y optimizar la inscripción al...

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