RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 157-2019-MDJCC-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE CRESPO Y CASTILLO - Delegan diversas facultades y atribuciones administrativas a Gerente Municipal-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 157-2019-MDJCC-A

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE CRESPO Y CASTILLO
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2019

Aucayacu, 11 de marzo del 2019

VISTO:

El Memorándum Nº 036-19-MDJCC-A, de fecha 11 de marzo del 2019, emitido por el Despacho de Alcaldía, mediante el cual DELEGA FUNCIONES AL GERENTE MUNICIPAL - CPC. SEGUNDO TOBIAS PEREZ BALCAZAR, facultades y atribuciones administrativas, así como sus demás recaudos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobiernos local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisándose en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que dicha autonomía se ejerce a través de actos de gobierno, administrativos y de administración sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, en el artículo 43º de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo;

Que, de conformidad al numeral 20 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del alcalde “Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente Municipal”, texto concordante con los Artículos 27º y 39º de la citada norma, cuando señala que “La administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del gerente municipal funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el Alcalde“, a ello “Las Gerencias resuelven los aspecto administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas respectivamente”;

Que, en el artículo 26º de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “La administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley 27444”;

Que, el Artículo 81º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General y...

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