LEY, N° 30946, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que declara de necesidad pública y preferente interés nacional la construcción del nuevo Hospital Nacional Sergio E. Bernales-LEY-N° 30946

EmisorCONGRESO DE LA REPUBLICA
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2019

LEY Nº 30946

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO HOSPITAL NACIONAL SERGIO E. BERNALES

Artículo 1 Declaración de necesidad pública y preferente interés nacional

1.1 Declárase de necesidad pública y preferente interés nacional la construcción con recursos públicos del nuevo Hospital Nacional Sergio E. Bernales Nivel III-1 con proyección a instituto geriátrico, Proyecto de Inversión Pública con código único 2414624.

1.2 Declárase de necesidad pública y preferente interés nacional el fortalecimiento de los niveles de atención del servicio de salud, a través de las redes integradas de salud de Lima Norte.

Artículo 2 Acciones del Ministerio de Salud

El Ministerio de Salud, en el marco de sus competencias y funciones, realiza las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil diecinueve.

DANIEL SALAVERRY VILLA

Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS

Primera Vicepresidenta del Congreso...

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