RESOLUCION, Nº 91-2019-ITP/DE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero - CITEpesquero”-RESOLUCION-Nº 91-2019-ITP/DE

Fecha de publicación11 Mayo 2019
Fecha de disposición11 Mayo 2019

Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero - CITEpesquero”

Instituto Tecnológico

de la Producción

Resolución Ejecutiva

Nº 91-2019-ITP/DE

Lima, 8 de mayo de 2019

VISTO:

El Informe Técnico Nº 6-2019-ITP/CITEpesquero de fecha 26 de marzo de 2019, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero – CITEpesquero; los Memorando Nº 3524 y 3581-2019-ITP/OA de fecha 29 de marzo y 1 de abril de 2019, respectivamente, emitidos por la Oficina de Administración; el Memorando Nº 498-2019-ITP/OGRRHH de fecha 1 de abril de 2019, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe Nº 152-2019-ITP/OPPM de fecha 29 de abril de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 293-2019-ITP/OAJ de fecha 30 de abril de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); asimismo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228 “Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, los CITE públicos son órganos desconcentrados del ITP;

Que, mediante la Resolución Suprema n.° 001-2015-PRODUCE, se crea el “Centro de Innovación Tecnológica Pesquero - CITEpesquero”, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP del Ministerio de la Producción;

Que, el ITP tiene entre sus recursos los provenientes de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo n.º 92; y los CITE tienen como función, brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño, calidad, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el literal a) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;

Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del...

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