DECRETO SUPREMO, N° 139-2019-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Dictan disposiciones para el reajuste del monto de las pensiones establecidas en el Decreto Ley N° 19990-DECRETO SUPREMO-N° 139-2019-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 del Decreto Ley N° 25967, Modifican el goce de pensiones de jubilación que administra el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), establece que los reajustes las pensiones a cargo del IPSS, hoy Oficina de Normalización Previsional (ONP), se efectúan por Decreto Supremo, con voto aprobatorio del Consejo de Ministros, teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos aportados por los asegurados activos y los años de aportación del pensionista;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27617, Ley que dispone la reestructuración del Sistema Nacional de Pensiones del Decreto Ley Nº 19990 y modifica el Decreto Ley Nº 20530 y la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, establece que la determinación del monto de la pensión de jubilación normada por el Decreto Ley Nº 19990, Ley de creación del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), y por los Artículos 1 y 2 del Decreto Ley Nº 25967, mediante decreto supremo expedido con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, entre otros, se puede reajustar el monto de la pensión de jubilación, contando con informe previo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF);

Que, el artículo 3 del Decreto Ley Nº 25967 establece que la pensión máxima mensual que abona la Oficina de normalización Previsional podrá ser modificada por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que éste destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economía nacional;

Que, la ONP ha presentado una propuesta de reajuste en el monto de las pensiones otorgadas en el marco del Decreto Ley Nº 19990, a fin de mejorar el nivel del bienestar de los pensionistas comprendidos en dicho Sistema de Pensiones;

Que, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del MEF ha emitido opinión favorable a la solicitud de la ONP;

De conformidad con lo establecido en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en los artículos 3 y 4 del Decreto Ley N° 25967 y en el artículo 1 de la Ley Nº 27617;

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