DECRETO SUPREMO, N° 088-2019-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Prorrogan Estado de Emergencia declarado en la Provincia de Putumayo, departamento de Loreto-DECRETO SUPREMO-N° 088-2019-PCM

Fecha de disposición29 Abril 2019
Fecha de publicación29 Abril 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, asimismo, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2019-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 28 de febrero de 2019, se declara por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en la provincia de Putumayo, departamento de Loreto; disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas;

Que, mediante Oficio Nº 590-2019-CG PNP/SEC, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú recomienda que se gestione la prórroga del Estado de Emergencia declarado en la provincia de Putumayo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 041-2019-PCM, a fin de dar continuidad a las operaciones militares y policiales para prevenir actos delictivos en contra del personal militar, policial y autoridades locales, que se ejecutarían en represalia por la ejecución de operativos en la provincia de Putumayo, así como para lograr las metas trazadas por el Gobierno Central respecto del restablecimiento del orden interno y garantizar la soberanía nacional; sustentando dicho pedido en el Informe Administrativo Nº 2-2019-SUBCOMGEN PNP/IV...

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