RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0149-2019-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Crean Grupo de Trabajo Multisectorial, encargado de elaborar el “Plan Nacional de Desarrollo de la Cadena de Flores”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0149-2019-MINAGRI

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición24 de Abril de 2019

Lima 24 de abril del 2019

VISTOS:

El Oficio N° 1740-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA, del Director General de la Dirección General Agrícola, los Memorandos N°s 101 y 113-2019-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA, de la Dirección General Agrícola y, los Informes Legales N°s 67 y 348-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048, el Ministerio de Agricultura y Riego es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, delimitando como ámbito de competencia, entre otros, los cultivos;

Que, el artículo 6 del acotado Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, establece que el Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía del país, en concordancia con los sectores y entidades que correspondan; así como promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados;

Que, el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 018-2016-MINAGRI, y por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2017-MINAGRI, establece que la Dirección General Agrícola es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, a los servicios financieros y de seguros, en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; así como promover una oferta agrícola nacional competitiva, con valor agregado y sostenible, en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI se aprobó la Política Nacional Agraria, que tiene como uno de sus objetivos específicos “Incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario”;

Que, la floricultura o cultivo de flores es una actividad en crecimiento en diversos países, especialmente en países en vías de desarrollo, tanto en África como en América; en el Perú es desarrollada por pequeños productores ubicados principalmente en las regiones de Junín, Cajamarca, Huánuco, Ancash, Ica, Arequipa y Cusco, forma parte de la agricultura familiar y, es generadora de puestos de trabajo permanente: 15 trabajadores por hectárea de los cuales el 50% son mujeres;

Que, la...

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