ORDENANZA, Nº 005-2019-A-MDO/Q, GOBIERNOS LOCALES - Prorrogan plazo para presentar declaración jurada del impuesto predial, amnistía tributaria y condonación especial en aplicación del marco normativo vigente para el adulto mayor en el pago del Impuesto Predial 2019-ORDENANZA-Nº 005-2019-A-MDO/Q

EmisorGOBIERNOS LOCALES
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2019

Cusco, 28 de marzo del 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE OROPESA.

VISTOS:

En Sesión de Concejo Municipal Nº05-2019 de fecha 08 de marzo del 2019, el pleno del concejo acordó por unanimidad la creación de la presente ordenanza municipal el mismo que debe de regir desde la publicación del mismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo al Numeral 4 del Art. 200 de la Constitución Política del Perú vigente.

Que, de acuerdo al artículo 52º del TUO del Código Tributario, es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios, y por excepción los impuestos que la Ley les asigne.

Los artículos 14º y 15º del Decreto Legislativo Nº 776 – Ley de Tributación Municipal - establecen que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada anualmente, hasta el último día del mes de febrero, salvo que el Municipio establezca una prórroga y que el impuesto predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales.

Asimismo, el artículo 29º de la Ley de Tributación Municipal, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la administración...

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