ORDENANZA, Nº 512/MM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Ordenanza que ratifica el Plan Estratégico Distrital de Seguridad Ciudadana 2019-ORDENANZA-Nº 512/MM

Fecha de disposición17 Abril 2019
Fecha de publicación17 Abril 2019
SecciónSección Única

Ordenanza que ratifica el Plan Estratégico Distrital de Seguridad Ciudadana 2019

ORDENANZA Nº 512/MM

EL ALCALDE DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE MIRAFLORES

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de abril de 2019, el Dictamen Nº 01-2019-CSC/MM de la Comisión de Seguridad Ciudadana del 05 de abril de 2019, Informe Nº 03-2019-MM-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana del 12 de febrero de 2019, Memorando Nº 110-2019-GM/MM de la Gerencia Municipal del 14 de febrero de 2019, el Informe Nº 13-2019-GPP/MM de la Gerencia de Planificación y Presupuesto del 19 de febrero de 2019, el Informe Nº 085-2019-GAJ/MM de la Gerencia de Asesoría Jurídica del 29 de marzo de 2019, el Memorando Nº 322-2019-GM/MM de la Gerencia Municipal del 01 de abril de 2019, y el Proveído Nº 68-2019-SG/MM de la Secretaría General del 02 de abril de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según el artículo , numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas;

Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades;

Que, conforme al artículo 8º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley...

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