RESOLUCION SUPREMA, N° 097-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano peruano formulada por órgano jurisdiccional del Reino de España-RESOLUCION SUPREMA-N° 097-2019-JUS

Fecha de disposición10 Abril 2019
Fecha de publicación11 Abril 2019
SecciónSección Única

Lima, 10 de abril de 2019

VISTO; el Informe Nº 037-2019/COE-TPC, del 12 de marzo de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado o voluntario del ciudadano peruano JORGE CARLOS PACHECO LAZO, formulada por la Sección N° 3 de la Audiencia Provincial de Madrid del Reino de España, para el cumplimiento de condena por el delito continuado de abuso sexual, en agravio de una menor con identidad reservada;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 16 de agosto de 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado o voluntario del ciudadano peruano JORGE CARLOS PACHECO LAZO, formulada por la Sección N° 3 de la Audiencia Provincial de Madrid del Reino de España, para el cumplimiento de condena por el delito continuado de abuso sexual, en agravio de una menor con identidad reservada (Expediente Nº 101-2018);

Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva remitido por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida...

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