RESOLUCION MINISTERIAL, N° 107-2019-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Disponen la simplificación de diversos procedimientos administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 107-2019-TR
Fecha de publicación | 05 Abril 2019 |
Fecha de disposición | 03 Abril 2019 |
Lima, 3 de abril de 2019
VISTOS: el Informe Técnico N° 048-2018-MTPE/3/17.1, el Informe Técnico N° 054-2018-MTPE/3/17.1 y el Informe Técnico N° 01-2019-MTPE/3/17.1 de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo, el Oficio N° 1293-2018-MTPE/3/17 y el Oficio N° 068-2019-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo, el Informe N° 80-2018-MTPE/2/14.1 y el Informe N° 114-2018-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo, el Oficio N° 2362-2018-MTPE/2/14 y el Oficio N° 3047-2018-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo, el Informe Técnico Nº 29-2019-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización, el Memorándum N° 324-2019-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 834-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias, señala que dicho Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo, que tiene entre sus funciones formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las siguientes materias: socio laborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral, seguridad y salud en el trabajo, información del mercado de trabajo, relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral;
Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo N° 1448, Decreto Legislativo que modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria; señala que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar el Análisis de Calidad Regulatoria respecto de los procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas de alcance general, a fin de identificar, reducir y/o eliminar aquellos que resulten innecesarios, ineficaces, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento; a excepción de los procedimientos administrativos contenidos en leyes o normas con rango de ley, salvo que estén desarrollados en normas reglamentarias;
Que, al respecto, el artículo 15 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad...
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