ORDENANZA, Nº 353-2019-MDCH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS - Aprueban Ordenanza que regula el horario de carga y descarga de mercadería en establecimientos comerciales, centros de abastos, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles en el distrito de Chorrillos-ORDENANZA-Nº 353-2019-MDCH

EmisorMUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2019

Chorrillos, 22 de febrero de 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CHORRILLOS

POR CUANTO:

VISTOS: el Informe Nº 0185-2019/GODU-MDCH emitido por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano; el Informe Nº 002-2019-UTU-GODU-MDCH emitido por la Unidad de Transporte Urbano e Informe Nº 249-2019-GAJ-MDCH emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la constitución política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional Ley Nro. 30305, en concordancia con el articulo ll del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Consejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental;

Que, el Artículo 83º inciso 3 numeral 3.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, ejercen las funciones específicas exclusivas para controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas provisionales;

Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 1682-MML de fecha 20 de marzo de 2013 publicada el 14 de abril del mismo año en concordancia con la Resolución Jefatura Nº 0001-004-0003704, regula la prestación del servicio de transporte de carga y/o mercancía en la provincia de Lima Metropolitana, la cual constituye el marco al que debe adecuarse la ordenanza que se propone;

Que, el numeral 1) del Artículo 10º de la Ley Nº 27972, establece que es una atribución de los regidores, proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos;

Que, mediante el Informe Nº 002-2019-UTU-GODU-MDCH emitido por la Unidad de Transporte Urbano, luego del análisis al proyecto en mención, a efectos de adecuar el horario propuesto en el proyecto de ordenanza y precisa que deberá observarse lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1682-MML, Ordenanza marco que regula la prestación del Servicio de Transporte de Carga y/o Mercancías en la provincia de Lima Metropolitana; por lo que considera viable el citado proyecto de ordenanza;

Que, mediante el Informe Nº 249-2019-GAJ-MDCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera que es procedente aprobar la propuesta de ordenanza que Regula el Horario de Abastecimiento de Carga y Descarga de mercadería en Establecimientos Comerciales, centros de abastos, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles del distrito; sin embargo, recomienda agregar al expediente el Informe Técnico de la Unidad de Fiscalización y Control respecto al Reglamento Administrativo de Sanciones que propone el citado proyecto de ordenanza;

Que, por lo expuesto y de la revisión del presente proyecto de ordenanza, se puede concluir que este tiene como fin regular el ordenamiento de las actividades referidas al...

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