RESOLUCION, Nº 16-2019-OS/GG, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Aprueban formatos para la aplicación del Procedimiento de Control de Calidad de Combustibles Líquidos, Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, Biocombustibles y sus Mezclas-RESOLUCION-Nº 16-2019-OS/GG

EmisorORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2019

Lima, 26 de marzo del 2019

VISTO:

El Informe Nº 434-2019-OS/DSR elaborado por la División de Supervisión Regional a través del cual se recomienda la modificación de los formatos previstos para la aplicación del Procedimiento de Control de Calidad de Combustibles Líquidos, Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, Biocombustibles y sus Mezclas, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 133-2014-OS/CD.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 133-2014-OS/CD, se aprobó el “Procedimiento de Control de Calidad de Combustibles Líquidos, Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, Biocombustibles y sus Mezclas”;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 133-2014-OS/CD, así como en el artículo 5 del procedimiento aprobado por la citada resolución, se autorizó a la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos la aprobación de los formatos que sean necesarios para la aplicación del citado Procedimiento y de la Guía Metodológica de Muestreo para Control de Calidad en Grifos y Estaciones de Servicios, respectivamente;

Que, mediante Resolución de Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos Nº 076-2015-OS/GFHL, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 11 de enero de 2015, se aprobaron los formatos de las Actas de Supervisión de las Unidades Operativas, de las Actas de Ejecución y Levantamiento de Medida Cautelar, de la Carta de Visita de Supervisión, así como la Guía Metodológica de Muestreo para Control de Calidad en Grifos y Estaciones de Servicios.

Que, de acuerdo al literal a) del artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin (ROF) aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, se estableció que las Oficinas Regionales tienen como función, la supervisión del cumplimiento de la normativa sectorial por parte de los agentes que operan las actividades...

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