RESOLUCION SUPREMA, N° 082-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitudes de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadanos peruanos, formuladas por autoridades de Argentina y EE.UU.-RESOLUCION SUPREMA-N° 082-2019-JUS

Fecha de disposición27 Marzo 2019
Fecha de publicación28 Marzo 2019
SecciónSección Única

Lima, 27 de marzo de 2019

VISTOS; el Informe Nº 011-2019/COE-TPC, del 25 de enero de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano peruano LUIS ABRAHAM YAURI REYES, formulada por las autoridades judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión del delito de corrupción de menores agravado por el vínculo y por resultar el autor encargado de la guarda de la damnificada;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 9 de octubre de 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano LUIS ABRAHAM YAURI REYES, formulada por las autoridades judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión del delito de corrupción de menores agravado por el vínculo y por resultar el autor encargado de la guarda de la damnificada (Expediente N° 132-2018);

Que, conforme se aprecia de la Audiencia de Control de Detención con fines de Extradición del 23 de septiembre de 2018, realizada por el Trigésimo Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, el requerido se acogió al procedimiento de extradición simplificada regulado en el artículo 523-A del Código Procesal Penal;

Que, el inciso b) del artículo 28...

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