ACUERDO, N° 015-2019-MDJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA - Aprueban la Memoria Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María correspondiente al Ejercicio Presupuestario 2018-ACUERDO-N° 015-2019-MDJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE JESAS MARAA
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2019

Jesús María, 26 de marzo del 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE JESÚS MARÍA

VISTOS: En Sesión Ordinaria N° 06 de la fecha, el Informe N° 038-2019/MDJM-GPDI de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, el Proveído N° 405-2019/MDJM-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 132-2019/GAJGR/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 439-2019-MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y con dispensa del pase a Comisión de Regidores conforme a lo establecido en el artículo 40° del Reglamento Interno del Concejo, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado reformada mediante la Ley N° 27680 y N° 28607 y N° 30305 – Ley de Reforma Constitucional establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, y tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 54° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que la contabilidad se lleva de acuerdo con las normas generales de la Contabilidad Pública, a no ser que la ley imponga otros criterios contables simplificados. Los registros y los libros respectivos deben ser legalizados. Fenecido el ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del Gerente Municipal o quien haga sus veces, se formula el Balance General de Ingresos y Egresos y se presenta la Memoria Anual, documentos que deben ser aprobados por el Concejo Municipal dentro de los plazos establecidos en el Sistema Nacional de Contabilidad;

Que, de acuerdo al numeral 17 del artículo de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar el balance y la Memoria en concordancia con el numeral 11) del artículo 20° de la acotada norma, en la que...

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