RESOLUCION MINISTERIAL, N° 078-2019-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Formalizan designación de representante del Colegio de Psicólogos del Perú ante el Consejo Nacional de Adopciones-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 078-2019-MIMP

EmisorMUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2019

Lima, 22 de marzo de 2019

VISTOS:

Vistos, el Oficio N° 095-2019-CPsP-CDN/DECANATO NACIONAL del Decano Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú, el Informe N° D000003-2019-MIMP-DGA-NCC y la Nota N° D000008-2019-MIMP-DGA de la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos;

Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la autoridad competente en adopciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la institución encargada de tramitar las solicitudes de Adopción de niños o de adolescentes declarados en desprotección familiar y adoptabilidad, con las excepciones señaladas en el artículo 128 del referido Código;

Que, el artículo 136 del Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, el cual está conformado, entre otros, por un/a representante del Colegio de Psicólogos del Perú, cuya designación es ad honórem y tiene una vigencia de dos años;

Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo 1297, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, prescribe que en tanto el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no apruebe las Directivas específicas sobre materia de adopción en el marco del citado Reglamento, mantienen su vigencia, entre otras normas, el Reglamento del Consejo de...

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