RESOLUCION, Nº 038-2019-INDECOPI/COD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Aprueban la Directiva N° 001-2019/DIR-COD-INDECOPI, que modifica la “Directiva que regula el procedimiento sumarísimo en materia de protección al consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor” y la “Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor”-RESOLUCION-Nº 038-2019-INDECOPI/COD

EmisorINSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2019

Aprueban la Directiva N° 001-2019/DIR-COD-INDECOPI, que modifica la “Directiva que regula el procedimiento sumarísimo en materia de protección al consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor” y la “Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI

Nº 038- 2019-INDECOPI/COD

Lima, 20 de marzo de 2019

VISTOS:

El Informe N° 159-2018/DPC-INDECOPI, el Informe N° 005-2019/DPC-INDECOPI, el Informe N° 940-2018/GEL, el Informe N° 039-2019/GEL, el Informe N°031-2019/GEG, y el Informe N° 188-2019/GEL; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal k) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, y el literal m) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modificatorias, establecen como funciones del Consejo Directivo del INDECOPI, el expedir directivas que normen el funcionamiento administrativo del INDECOPI;

Que, el literal l) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, y el literal o) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modificatorias, establecen como funciones del Consejo Directivo del INDECOPI, además de las expresamente establecidas en la referida Ley, aquellas otras que le sean encomendadas por normas sectoriales y reglamentarias;

Que, el artículo 105 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor y sus modificatorias, dispone que el Consejo Directivo del INDECOPI emite las disposiciones para la gestión más eficiente de los procedimientos a cargo del Indecopi;

Que, los artículos 125 y 127 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor y sus modificatorias, disponen que el Consejo Directivo del INDECOPI debe aprobar y publicar la Directiva que establezca las reglas para la tramitación del Procedimiento Sumarísimo que resulten necesarias para complementar lo previsto en el Código;

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del lNDECOPI N°075-2017-INDECOPI/COD, publicada el 28 de abril de 2017 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobó la Directiva N° 005-2017/DIR-COD-INDECOPI denominada “Directiva que regula el procedimiento sumarísimo en materia de protección al consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor”;

Que, asimismo, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N°076-2017-INDECOPI/COD, publicada el 2 de mayo de 2017 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobó la Directiva N° 006-2017/DIR-COD-INDECOPI denominada “Directiva que...

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