RESOLUCION, Nº 3336-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan la Res. N° 01885-2018-JEE-HUAR/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huari, y declaran válida acta electoral-RESOLUCION-Nº 3336-2018-JNE

Fecha de disposición16 Marzo 2019
Fecha de publicación16 Marzo 2019

Expediente Nº ERM.2018053051

SAN PEDRO DE CHANA - HUARI - ÁNCASH

JEE HUARI (ERM.2018052548)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Cecilia Esther Valencia Aguilar, personera legal alterna de la organización política Acción Popular, en contra de la Resolución Nº 01885-2018-JEE-HUAR/JNE del 17 de octubre de 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Respecto del procedimiento de recuperación de actas a cargo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Huari

Con fecha 9 de octubre de 2018, el jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Huari (en adelante, ODPE) remitió los siguientes documentos: Oficio Nº 00101-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Acción Popular; Oficio Nº 00102-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso; Oficio Nº 00103-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Democracia Directa; Oficio Nº 00104-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano; Oficio Nº 00105-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Áncash a la Obra; Oficio Nº 00108-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Movimiento Regional El Maicito; Oficio Nº 00109-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú; y el Oficio Nº 00112-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Todos por el Perú; con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas.

En tal sentido, con fecha 9 de octubre de 2018, Cecilia Esther Valencia Aguilar personera legal alterna de la organización política Acción Popular y el jefe de la ODPE, se reunieron en las instalaciones de la referida entidad con la finalidad de que la personera entregue siete (7) actas electorales entre las cuales se encuentra el Acta Electoral Nº 002056-52-V. Asimismo, con fecha 10 de octubre de 2018, el personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Áncash a la Obra y el jefe de la ODPE, también se reunieron en las instalaciones de dicha entidad con el propósito de entregar siete (7) actas electorales entre las cuales figura el Acta Electoral Nº 002056-48-H.

Posteriormente, mediante Oficio Nº 00118-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, de fecha 17 de octubre de 2018, el jefe de la ODPE remitió al Jurado Electoral Especial de Huari (en adelante, JEE) catorce (14) actas electorales de elección municipal, correspondientes al distrito de San Pedro de Chana, provincia de Huari, departamento de Áncash, las cuales fueron entregadas por los personeros legales; asimismo, se remitió el acta de recepción de actas electorales ERM 2018, copias certificadas de oficios dirigidos a los personeros legales de las organizaciones políticas con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas y la denuncia de extravío ante la comisaría PNP Huari.

Respecto del pronunciamiento del Jurado Electoral Especial de Huari

El 17 de octubre de 2018, el JEE emitió la Resolución Nº 01885-2018-JEE-HUAR/JNE, mediante la cual resolvió:

  1. Tener por no válida el Acta Electoral Nº 002056, para las elecciones municipales 2018 del distrito de San Pedro de Chana, provincia de Huari, departamento de Áncash.

  2. Disponer que la ODPE Huari considere la cifra del total de electores hábiles como votos nulos para la elección municipal 2018 en el Acta Electoral Nº 002056, de acuerdo a la base de datos del padrón electoral del distrito de San Pedro de Chana, provincia de Huari, departamento de Áncash.

  3. Anular el Acta Electoral Nº 002056 correspondiente al proceso de Elecciones Regionales 2018, del distrito de San Pedro de Chana, provincia de Huari, departamento de Áncash.

  4. Disponer que la ODPE Huari, considere la cifra del total de electores hábiles como votos nulos para la elección regional 2018 de gobernador, vicegobernador y consejero regional en el Acta Electoral Nº 002056, de acuerdo a la base de datos del padrón electoral del distrito de San Pedro de Chana, provincia de Huari, departamento de Áncash.

    El argumento por el cual el JEE adopta dicha decisión se centra en el hecho de que, realizado el cotejo entre el ejemplar presentado por la organización política...

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