RESOLUCION, Nº 3331-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Magdalena, provincia y departamento de Cajamarca-RESOLUCION-Nº 3331-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2019

Expediente Nº J-2018-00961-C01

MAGDALENA - CAJAMARCA - CAJAMARCA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho

VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada, el 25 de octubre de 2018, por Marino Asterio Julca Chugnas, regidor del Concejo Distrital de Magdalena, provincia y departamento de Cajamarca, al haberse declarado la vacancia del alcalde Isaías Tarrillo Terrones, por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

En sesión extraordinaria, de fecha 19 de octubre de 2018 (fojas 4 y 5), el Concejo Distrital de Magdalena declaró, la vacancia de Isaías Tarrillo Terrones, en el cargo de alcalde de la referida comuna, al haberse configurado la causal de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Por tal motivo, mediante el Oficio Nº 01-2018/PR, del 25 de octubre de 2018, el primer regidor del Concejo Distrital de Magdalena, puso en conocimiento de este órgano colegiado electoral la declaratoria de vacancia de la referida autoridad edil, para lo cual, además del acuerdo adoptado, adjuntó el comprobante de pago de la tasa respectiva (fojas 2) y la copia del acta de defunción (fojas 3), expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

CONSIDERANDOS

  1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23, de la LOM, el concejo municipal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR