RESOLUCION, Nº 3341-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman la Res. N° 01880-2018-JEE-HUAR/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huari-RESOLUCION-Nº 3341-2018-JNE

Fecha de disposición16 Marzo 2019
Fecha de publicación16 Marzo 2019

Expediente Nº ERM.2018053291

SAN PEDRO DE CHANÁ - HUARI - ÁNCASH

JEE DE HUARI (ERM.2018052550)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

Lima, treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Manuel Fernando Ortiz León, personero legal titular de la organización política Todos por el Perú, en contra de la Resolución Nº 01880-2018-JEE-HUAR/JNE, del 17 de octubre de 2018; y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

Con fecha 9 de octubre de 2018, el jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Huari (en adelante, ODPE) interpuso una denuncia por extravío de actas electorales.

En mérito a ello, remitió los sendos oficios dirigidos a los personeros legales de las organizaciones políticas participantes en dicho distrito electoral con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas.

En tal sentido, con fecha 9 de octubre de 2018, Cecilia Esther Valencia Aguilar, personera legal alterna de la organización política Acción Popular, entregó siete (7) actas electorales, entre las cuales se encuentra el Acta Electoral Nº 002058-50-F; asimismo, con fecha 10 de octubre de 2018, Denis Francisco Saénz, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente Regional Áncash a la Obra, también entregó siete (7) actas electorales, entre las cuales figura el Acta Electoral Nº 002058-46-V.

Posteriormente, mediante el Oficio Nº 00118-2018-ODPE HUARI ERM 2018/ONPE, de fecha 17 de octubre de 2018, el jefe de la ODPE remitió al Jurado Electoral Especial de Huari (en adelante, JEE) catorce (14) actas electorales de elección municipal, correspondientes al distrito de San Pedro de Chaná, provincia de Huari, departamento de Áncash, las cuales fueron entregadas por los personeros legales antes mencionados; asimismo, remitió el acta de recepción de actas electorales ERM 2018, copias certificadas de oficios dirigidos a los personeros legales de las organizaciones políticas, con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas, y la denuncia de extravío ante la comisaría PNP de Huari.

El 17 de octubre de 2018, el JEE emitió la Resolución Nº 01880-2018-JEE-HUAR/JNE, mediante la cual resolvió:

  1. Tener como válida el Acta Electoral N° 0002058, para las Elecciones Municipales 2018, del distrito de San Pedro de Chaná, provincia de Huari, departamento de Áncash, y disponer que la ODPE efectué el procesamiento de la citada Acta Electoral, según el resultado del escrutinio plasmado en la misma.

  2. Anular el Acta Electoral N° 0002058, correspondiente al proceso de Elecciones Regionales 2018, del distrito de San Pedro de Chaná, y disponer que la ODPE, considere la cifra del total de electores hábiles como votos nulos para dicha elección.

    En merito a la decisión emitida por el JEE, con fecha 22 de octubre del 2018, el personero legal de la organización política Todos por el Perú interpuso recurso de apelación contra la Resolución Nº 01880-2018-JEE-HUAR/JNE, del 17 de octubre de 2018, bajo los siguientes argumentos:

  3. La resolución ha sido emitida sin la debida motivación y valoración de cada una de las actas que componen el acta electoral, toda vez que no valoraron el acta de instalación, acta de sufragio y acta de escrutinio...

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