RESOLUCION, Nº 3249-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan de la Virgen, provincia y departamento de Tumbes-RESOLUCION-Nº 3249-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2019

Expediente Nº J-2018-00643-C01

SAN JUAN DE LA VIRGEN - TUMBES - TUMBES

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, diecinueve de octubre de dos mil dieciocho

VISTO el Oficio N.o 198-2018/MDSJV.ALC, recibido el 7 de agosto de 2018, mediante el cual Cristian Beyker Baca Zapata, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de la Virgen, provincia y departamento de Tumbes, remite el Acta de Sesión de Concejo Ordinario Nº 009 - 2018 - MDSJV de la declaratoria de vacancia de Agapito Dioses Espinoza, regidor del Concejo distrital de San Juan de la Virgen, por la causal de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

En sesión ordinaria, de fecha 16 de mayo de 2018 (fojas 5), el Concejo Distrital de San Juan de la Virgen declaró, con el voto unánime de los miembros asistentes, la vacancia de Agapito Dioses Espinoza en el cargo de regidor de la referida comuna, al haberse configurado la causal de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Dicha decisión se materializó en el Acuerdo Nº 009-2018-MDSJV.

Por tal motivo, mediante el Oficio Nº 198-2018/MDSJV.ALC, del 7 de junio de 2018, el alcalde de San Juan de la Virgen puso en conocimiento de este colegiado electoral la declaratoria de vacancia de la referida autoridad edil, para lo cual, adjuntó el acuerdo adoptado.

CONSIDERANDOS

  1. De conformidad con lo establecido en el numeral 10 del artículo 9 de la LOM, concordante con el artículo 23 de la misma ley orgánica, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

  2. Sin embargo, a través de la Resolución Nº 539-2013-JNE, se...

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