RESOLUCION, Nº 3240-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Restablecen vigencia de credencial de regidor del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali-RESOLUCION-Nº 3240-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2019

Expediente N° J-2017-00370-C01

YARINACOCHA - CORONEL PORTILLO - UCAYALI

RESTABLECIMIENTO DE CREDENCIAL

Lima, doce de octubre de dos mil dieciocho.

VISTA la solicitud de restablecimiento de credencial formulada por Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, regidor suspendido del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en el marco del proceso de suspensión que se le siguió por la causal referida a contar con mandato de detención, causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y visto también el Oficio N° 1405-2017-76/2018-1°SPA-L-CSJUC/PJ, remitido por el presidente de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante la Resolución Número Dos, del 26 de mayo de 2017 (fojas 82 a 91 del Expediente N° J-2017-00404-C01), el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria - Flagrancia - Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Ucayali declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público contra el regidor Guillermo Segundo Rabanal Cárdenas, en el marco de la investigación penal que se le sigue como presunto cómplice de la comisión del delito de cohecho pasivo propio.

  2. Dicha decisión judicial se adoptó por considerársele también presunto autor de la comisión del delito de tráfico de influencias y, alternativamente, como presunto cómplice de la comisión del delito de cohecho pasivo impropio en agravio de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha; motivo por el cual se le impuso la medida de comparecencia restrictiva por el término que dure el proceso, sujeto a determinadas reglas de conducta.

  3. Por medio de la Resolución Número Siete, de fecha 12 de setiembre de 2017 (fojas 104 a 116 del Expediente N° J-2017-00404-C01), la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte...

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