RESOLUCION, N° 3157-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de vicegobernador y consejero del Gobierno Regional de Ucayali-RESOLUCION-N° 3157-2018-JNE

Fecha de publicación09 Marzo 2019
Fecha de disposición09 Marzo 2019

Expediente Nº J-2018-00915

UCAYALI

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

LICENCIA

Lima, veinticinco de setiembre de dos mil dieciocho.

VISTO el Oficio Nº 0896-2018-GRU-CR-SCR, de fecha 20 de setiembre de 2018, presentado por Edward Campos Abensur, secretario del Consejo Regional de Ucayali, mediante el cual se comunica la licencia sin goce de haber concedida al vicegobernador regional Mariano Gilberto Rebaza Alfaro.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los consejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año.

  2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018.

  3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin...

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