ORDENANZA, Nº 516-2019-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BREÑA - Ordenanza que otorga beneficios tributarios-ORDENANZA-Nº 516-2019-MDB

EmisorMUNICIPALIDAD DE BREAA
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2019

Ordenanza que otorga beneficios tributarios

ORDENANZA Nº 516 -2019-MDB

Breña, 28 de febrero del 2019

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA

VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 33 -2019-GR/MDB de la Gerencia de Rentas, sobre otorgar beneficios tributarios; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; y el artículo 40° de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades establece que, mediante ordenanzas, se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; lo que concuerda con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único de Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto supremo Nº 133-2013- EF, cuyo artículo 41° referido a la condonación, precisa que excepcionalmente los gobiernos podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, es política de la actual gestión municipal establecer acciones que permitan incrementar la recaudación y generar una conciencia tributaria en los ciudadanos de Breña, otorgando para ello en forma excepcional, facilidades que permitan cumplir con sus obligaciones tributarias;

Que, de conformidad con los artículos 9°, numerales 8) y 9), así como 40° de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; por voto unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Distrital de Breña ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE OTORGA

BENEFICIOS TRIBUTARIOS

Artículo Primero PLAZO Y BENEFICIOS

Otorgar hasta el 30 de marzo del 2019, los beneficios tributarios descritos a continuación:

• Condonación de los intereses, y su capitalización diaria y reajustes al 100% de las deudas tributarias, a los contribuyentes, responsables solidarios, inquilinos y otros.

• Condonación del 100% de las multas tributarias, para aquellos contribuyentes omisos a la Declaración Jurada de Autoavalúo, por regularización de inscripción (alta, baja o descargo), o cualquier otro tipo de multas tributarias y/ o que se generen durante...

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