ORDENANZA, Nº 011-2018-MDS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SACHACA - Ordenanza que aprueba la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Sachaca-ORDENANZA-Nº 011-2018-MDS

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SACHACA
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SACHACA

POR CUANTO

En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 31 de octubre del 2018, visto el proyecto de actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la constitución Política del Estado en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece: “El ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal, de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional. Las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del derecho administrativo (…)”.

Que, el Artículo 29º del TUO de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) establece: “Se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados”.

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA es definido por el ordenamiento legal como el documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades.

Que, el Artículo 39º del TUO de la LPAG establece: “Los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante (…) Ordenanza Municipal (…). Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de las tasas que sean aplicables.”

Que, el Artículo 42º del TUO de la LPAG preceptúa: “Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: 1. Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Oficial. 2. La descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento (…) 3. La calificación de cada procedimiento (…). 4. En el caso de procedimientos de...

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