RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 084-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Aprueban el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 084-2019-CE-PJ

Fecha de disposición13 Febrero 2019
Fecha de publicación22 Febrero 2019
SecciónSección Única

Lima, 13 de febrero de 2019

VISTOS:

El Oficio N° 045-2019-ST-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, se aprobó el Estatuto de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, disponiéndose que dicha Corte Superior se constituya sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Segundo. Que en la referida resolución se estableció un plazo de 180 días calendarios como régimen transitorio para el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, el cual podrá ser prorrogado, previo informe sobre los avances de dicho proceso.

Tercero. Que el Componente Normativo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal elaboró el informe N° 003-23019-NOR-UETI-CPP/PJ, recomendando que se apruebe el Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios en forma transitoria, mientras dure el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR