RESOLUCION, Nº 2840-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que resolvió excluir a candidata a alcaldesa para la Municipalidad Provincial de Puno, departamento de Puno-RESOLUCION-Nº 2840-2018-JNE

Fecha de disposición20 Febrero 2019
Fecha de publicación20 Febrero 2019
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018034155

PUNO - PUNO

JEE PUNO (ERM.2018031652)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, siete de setiembre de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Cristina Roxana Chura Yucra, personera legal titular de la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, en contra de la Resolución Nº 01061-2018-JEE-PUNO/JNE, del 31 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno, que resolvió excluir a Ilsse Bedoya Gómez, candidata a alcaldesa por la citada organización política para la Municipalidad Provincial de Puno, departamento de Puno, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante el Informe Nº 0107-2018-PLCA-FHV-JEE-PUNO/JNE, de fecha 28 de agosto de 2018, la fiscalizadora de Hoja de Vida, adscrita al Jurado Electoral Especial de Puno (en adelante, JEE), concluyó que respecto de Ilsse Bedoya Gómez, candidata a alcaldesa para la Municipalidad Provincial de Puno, departamento de Puno, por la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, se habrían encontrado inconsistencias en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, específicamente, sobre los ingresos consignados en rubro VIII - Declaración Jurada de Ingresos de Bienes y Rentas, y en el rubro II - Experiencia de trabajo oficios, ocupaciones o profesiones.

En ese contexto, a través de la Resolución Nº 01020-2018-JEE-PUNO/JNE, del 29 de agosto de 2018, el JEE dispuso correr traslado del precitado informe a la personera legal titular de la referida organización política a fin de que presente sus descargos.

Por escrito de fecha 30 de agosto de 2018, la organización política presentó copias de boletas de pago de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez a favor de la candidata Ilsse Bedoya Gómez, además de constancias de trabajo de la referida universidad, en su calidad de docente, a fin de justificar los ingresos declarados.

Por medio de la Resolución Nº 01061-2018-JEE-PUNO/JNE, del 31 de agosto de 2018, el JEE resolvió excluir a la candidata Ilsse Bedoya Gómez, en aplicación del numeral 39.1 del artículo 39 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolución Nº 0082-2018-JNE (en adelante, el Reglamento), al haberse comprobado que la referida candidata no consignó información de sus ingresos (provenientes de su trabajo como docente universitaria) en el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida.

El 3 de setiembre de 2018, la...

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