RESOLUCION, Nº 2822-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que dispuso excluir a candidato al cargo de alcalde para el Concejo Distrital de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica-RESOLUCION-Nº 2822-2018-JNE

Fecha de disposición18 Febrero 2019
Fecha de publicación18 Febrero 2019
SecciónSección Única

Expediente N° ERM.2018033818

VISTA ALEGRE - NASCA - ICA

JEE ICA (ERM.2018031996)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, siete de setiembre de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Dalia Eneida Aguado Muñoz, personera legal titular de la organización política Perú Libertario, en contra de la Resolución N° 01304-2018-JEE-ICA/JNE, del 30 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, que dispuso excluir al candidato Manuel Alberto Chacaltana García al cargo de alcalde para el Concejo Distrital de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

ANTECEDENTES

Mediante Resolución N° 00806-2018-JEE-ICA/JNE, del 31 de julio de 2018, se inscribe y publica la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, de la organización política Perú Libertario (en adelante, organización política), donde Manuel Alberto Chacaltana García figuraba como candidato a alcalde.

El 24 de agosto de 2018, el Registro Distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de Ica (en adelante, RDNC), presenta ante mesa de partes, el Oficio N° 2360-2018-RDC-CSJIC/PJ, en la cual da a conocer el listado de seis personas, entre ellas, el candidato Manuel Alberto Chacaltana García, donde indica que no registran antecedentes penales.

La Dirección Nacional de Fiscalización de Proceso Electorales, presentó el Oficio N° 1409-2018-DNFPE/JNE recepcionado el 29 de agosto de 2018, en la cual da a conocer información respecto a los antecedentes penales del candidato citado. Asimismo, adjunta el Oficio N° 02275-2018-COTEJO-RNC-RENAJU-GSJR-GG de fecha 24 de agosto de 2018, en el cual informa que el candidato Manuel Alberto Chacaltana García registra antecedentes penales por el delito de colusión.

El Jurado Electoral Especial de Ica (en adelante, JEE), mediante Resolución N° 01255-2018-JEE-ICA/JNE, del 29 de agosto de 2018, se dispone correr traslado al personero legal de la organización política a fin de que realice su descargo por el plazo de un día calendario.

Mediante la Resolución N° 01304-2018-JEE-ICA/JNE, del 30 de agosto de 2018, el JEE resolvió excluir al candidato Manuel Alberto Chacaltana García, en aplicación del numeral 23.3 y 23.5 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), determinando que el citado candidato ha realizado una omisión en su declaración jurada de hoja de vida que posea sentencias condenatorias firmes.

El 2 de setiembre de 2018, Dalia Eneida Aguado Muñoz, personera legal titular de la organización política Perú Libertario, interpuso recurso de apelación contra la Resolución N° 01304-2018-JEE-ICA/JNE, bajo el argumento de que la resolución impugnada es nula ya que se excluye al candidato Manuel Alberto Chacaltana García como candidato a regidor; sin embargo, este es candidato a alcalde y no regidor; al mismo tiempo manifiesta que en ningún momento se omitió consignar sentencia vigente alguna en su hoja de vida, por cuanto dicha sentencia data de más de 12 años, además, de que se trata de una sentencia no pronunciada, en tanto se ha operado la rehabilitación y la cancelación de antecedentes penales; por lo tanto, no era exigible su consignación en la declaración jurada de hoja de vida. Asimismo, fundamenta que la resolución impugnada le produce agravio por contravenir el derecho al debido proceso y al sagrado derecho de defensa y transgredir flagrantemente las leyes de materia electoral, vulnerando los artículos 3 y 46 de la Constitución Política del Perú.

CONSIDERANDOS

Cuestión previa

  1. Corresponde precisar que el magistrado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR