RESOLUCION DIRECTORAL, N° 059-2019-DGPA-VMPCIC/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Determinan protección provisional de diversos sectores de la Zona Arqueológica Mina Perdida, ubicada en el departamento de Lima-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 059-2019-DGPA-VMPCIC/MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2019

Lima, 14 de febrero de 2019

VISTOS, el Memorando N° 000280-2019/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC y el Informe N° 000035-2019-JER/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, ambos de fecha 13 de febrero de 2019, así como los Informes de Inspección N° 002-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 003-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 004-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 005-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 006-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, de fecha 12 de diciembre de 2018, en virtud de los cuales, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal propuso la Determinación de la Protección Provisional de los Sectores 1,2 ,4, 5 y 6 de la Zona Arqueológica Mina Perdida.

CONSIDERANDO:

Que, según se establece en el Artículo 21 de la Constitución Política del Perú, “… Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. (...)...”;

Que, en los Artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1255, se establece...

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