RESOLUCION, N° 2790-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que dispuso excluir a candidato a alcalde para el Concejo Distrital de Colquioc, provincia de Bolognesi, departamento de Áncash-RESOLUCION-N° 2790-2018-JNE

Fecha de disposición16 Febrero 2019
Fecha de publicación16 Febrero 2019
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018034211

COLQUIOC - BOLOGNESI - ÁNCASH

JEE BOLOGNESI (ERM.2018032818)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, seis de setiembre de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Nilo Washinton Huamán Gutiérrez, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional El Maicito, contra la Resolución Nº 00599-2018-JEE-BLSI/JNE, del 30 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bolognesi, que resolvió excluir a José Antonio Moreno Noel, candidato a alcalde por la citada organización política, para el Concejo Distrital de Colquioc, Provincia de Bolognesi, departamento de Áncash, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución Nº 00024-2018-JEE-BLSI/JNE, del 20 de junio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Bolognesi (en adelante, JEE) admitió la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Colquioc, Provincia de Bolognesi, departamento de Áncash, de la organización política Movimiento Regional El Maicito, donde figuraba José Antonio Moreno Noel como candidato a alcalde.

Mediante el Informe Nº 038-2018-VANV-FHV-JEE-BOLOGNESI/JNE del 28 de agosto, Víctor Alberto Noriega Varías, fiscalizador de Hoja de Vida adscrito al JEE, informó que el candidato a alcalde Francisco Eli Sifuentes Lecca, habría omitido información en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, ya que no consignó información de un bien inmueble registrado con la Partida Nº 11047650.

Mediante la Resolución Nº 00530-2018-JEE-BLSI/JNE, del 28 de agosto de 2018, el JEE inició el proceso de exclusión del candidato en cuestión y corrió traslado a la organización política para que emita sus descargos respecto de lo informado por la fiscalizadora de Hoja de Vida.

A través del escrito presentado el 28 de agosto de 2018, la organización política indicó que por un error involuntario, originado por la información brindada por la Ventanilla Única del Jurado Nacional de Elecciones no se consignó que el candidato contaba con el bien inmueble señalado, por lo que solicita que se efectúe la anotación marginal correspondiente.

Mediante la Resolución Nº 00599-2018-JEE-BLSI/JNE, de fecha 30 de agosto de 2018, el JEE resolvió excluir a José Antonio Moreno Noel de la contienda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR