RESOLUCION, N° 2759-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que dispuso excluir a candidato al cargo de alcalde para el Concejo Distrital de Sarín, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad-RESOLUCION-N° 2759-2018-JNE

Fecha de disposición15 Febrero 2019
Fecha de publicación15 Febrero 2019
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018033526

SARÍN - SÁNCHEZ CARRIÓN - LA LIBERTAD

JEE SÁNCHEZ CARRIÓN (ERM.2018006375)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, seis de setiembre de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Carlos Enrique González Quipuzco, personero legal titular de la organización política Súmate, contra la Resolución Nº 00613-2018-JEE-SCAR/JNE, del 28 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Sánchez Carrión, que dispuso excluir al candidato Faustino Eleno Guevara Vásquez, al cargo de alcalde para el Concejo Distrital de Sarín, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante Resolución Nº 00182-2018-JEE-SCAR/JNE, del 23 de junio de 2018, se admitió la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Sarín, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad, de la organización política Movimiento Regional Súmate (en adelante, organización política), donde Faustino Eleno Guevara Vásquez figura como candidato a alcalde.

El Jurado Electoral Especial (en adelante, JEE), en fecha 24 de julio de 2018, cursa el Oficio Nº 197-2018-JEE- SÁNCHEZ CARRIÓN/JNE, al personero legal titular de la organización política, en el cual solicita información sobre varios candidatos, entre ellos, del candidato Faustino Eleno Guevara Vásquez, a fin de que remita documentación pertinente sobre la declaración jurada de hoja de vida, específicamente, el rubro VIII, declaración de bienes y rentas otorgándole el plazo de 10 días.

El 3 de agosto de 2018, el personero legal titular de la organización política, presenta el Oficio Nº 019-2018-SEAL-SÁNCHEZ CARRIÓN/JNE, donde comunico que el donde subsana el error y solicita se haga la anotación marginal en la hoja de vida del candidato a la alcaldía de Sarín, entre otros, indicando que existió un error de tipeo y digitación en el rubro VIII, declaración jurada de ingresos de bienes y rentas - sección ingresos y sección bienes inmuebles del declarante y sociedad, de gananciales, en respuesta a la referencia del Oficio Nº 197-2018-JEE-SANCHEZ CARRIÓN/JNE. Asimismo, el JEE, mediante Resolución Nº 0561-2018-JEE-SCAR/JNE de fecha 10 de agosto de 2018, indica que la solicitud de anotación marginal por la organización política deviene en extemporáneo.

El 22 de agosto de 2018, el fiscalizador de hoja de vida adscrito, presentó el Informe Nº 029-2018-FCSA-FHV-JEE-SC/JNE, respecto al rubro VIII declaración jurada de ingresos de bienes y rentas, que el candidato habría omitido información, respecto a la relación de bienes inmuebles declaradas en la declaración jurada de hoja de vida, puesto que tendría nueve bienes inmuebles y no solamente dos.

Mediante la Resolución Nº 00613-2018-JEE-SCAR/JNE, del 28 de agosto de 2018, el JEE resolvió excluir al candidato Faustino Eleno Guevara Vásquez, en aplicación del numeral 39.1 del artículo 39 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por la Resolución Nº 0082-2018-JNE (en adelante, Reglamento), al haberse comprobado que el aludido candidato habría omitido información en su hoja de vida, pues posee ocho bienes inmuebles.

El 31 de agosto de 2018, Carlos Enrique Gonzales Quipuzco, personero legal titular de la organización política, interpuso recurso de apelación...

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