ACUERDO, N° 004-2019/MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Disponen mantener la remuneración mensual del Alcalde y fijan Dieta de los Regidores-ACUERDO-N° 004-2019/MVES

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Fecha de la disposición31 de Enero de 2019

Villa El Salvador, 31 de enero de 2019

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha, y;

VISTOS: El Dictamen Nº 001-2019-CAPyP/MVES de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 63-2019-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 009-2019-UP-OPP/MVES de la Unidad de Presupuesto, el Informe Nº 571-2018-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 1385-2018-UGRH/OGA/MVES de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, y los Memorandos Nros. 046-2019-SG/MVES y 779-2018-SG/MVES de la Oficina de Secretaría General, sobre remuneración del Alcalde y dietas de Regidores de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 28) del artículo 9º de la precitada Ley, establece como atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, la siguiente: “Aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores.”;

Que, el artículo 21º de la Ley antes citada, establece respecto de los derechos, obligaciones y remuneración del Alcalde, lo siguiente: “El alcalde provincial o distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que la fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto mensual de la remuneración del alcalde es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; la misma que anualmente podrá...

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