DECRETO SUPREMO, N° 045-2019-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Establecen disposiciones reglamentarias de la Ley N° 30907, Ley que establece la equivalencia de la Unión de Hecho con el Matrimonio para acceder a la Pensión de Sobrevivencia-DECRETO SUPREMO-N° 045-2019-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 9 de Febrero de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30907, Ley que establece la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia, tiene por objeto establecer la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Civil;

Que, el Decreto Ley Nº 19990, que crea el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social; el Decreto Ley Nº 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, y el Decreto Legislativo Nº 1133, Decreto Legislativo para el ordenamiento definitivo del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, establecen que la pensión de viudez se otorga al cónyuge o la cónyuge sobreviviente del asegurado o pensionista fallecido;

Que, la Ley N° 30907 modifica el artículo 53 del Decreto Ley Nº 19990, los artículos 32 y 38 del Decreto Ley Nº 20530 y el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1133, estableciendo que el integrante sobreviviente de la unión de hecho también tiene derecho a percibir pensión de viudez del asegurado o pensionista fallecido;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30907, señala que el Poder Ejecutivo aprueba la reglamentación correspondiente de dicha Ley en un plazo de treinta (30) días calendario, posteriores a su publicación en el Diario Oficial El Peruano;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en el literal e) del inciso 2 del artículo 8 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30907, Ley que establece la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia;

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

El Decreto Supremo tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 30907, Ley que establece la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia.

Artículo 2 Reconocimiento de pensión de sobrevivencia

Para que el integrante sobreviviente de la unión de hecho del asegurado o pensionista fallecido perteneciente...

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