RESOLUCION JEFATURAL, N° 0012-2019-MINAGRI-SENASA, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Crean el Comité de Apoyo a la Gestión del Programa - CAGP-RESOLUCION JEFATURAL-N° 0012-2019-MINAGRI-SENASA

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición 9 de Febrero de 2019

5 de febrero de 2019

VISTOS:

El Contrato de Préstamo Nº 4457/OC-PE, celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, referido al Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria - Fase II, y la Resolución Jefatural Nº 0167-2018-MINAGRI-SENASA, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es un Organismo Público Técnico Especializado que cuenta con personería jurídica de Derecho Público y constituye pliego presupuestal. Tiene autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. Para la gestión de los fondos públicos que le son asignados cuenta con dos Unidades Ejecutoras: i) 001-157 Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y, ii) 002-720 Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA;

Que, con fecha 01 de octubre de 2018 se suscribió el Contrato de Préstamo Nº 4457/OC-PE, en adelante El Contrato, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, para la ejecución del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria - Fase II (PE-L1229), a cargo del SENASA y ejecutado a través de la Unidad Ejecutora 002 - PRODESA;

Que, El Contrato, en aras del desarrollo y consecución de los objetivos previstos por el programa al que se circunscribe, prevé una serie de estipulaciones que demandan la correcta implementación de medidas a nivel formal y material por parte del SENASA en su condición de organismo ejecutor, las cuales constituyen las condiciones previas para la ejecución del citado contrato;

Que, según lo dispuesto en la cláusula 3.01. de El Contrato, denominada “Condiciones especiales previas al primer desembolso”, el SENASA, en su condición de organismo ejecutor, se compromete a cumplir, entre otros requisitos, con la creación del grupo de trabajo denominado Comité de Apoyo a la Gestión del Programa (CAGP), así como la designación de sus miembros;

Que, respecto de la conformación del CAGP, el numeral 4.02 del Anexo Único de El Contrato indica lo siguiente “ [...] El CAGP estará conformado por el Jefe del SENASA, quien lo presidirá...

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