RESOLUCION, N° 026-2019-SINEACE/CDAH-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA - Oficializan acuerdo que establece que solo las instituciones de educación superior que cuenten con licenciamiento o revalidación en los casos de los institutos de educación superior pedagógicos, podrán solicitar reconocimiento de acreditaciones otorgadas por entidades acreditadoras nacionales o internacionales, registradas ante el Sineace-RESOLUCION-N° 026-2019-SINEACE/CDAH-P
Fecha de disposición | 05 Febrero 2019 |
Fecha de publicación | 08 Febrero 2019 |
Materia | Derecho Procesal |
Sección | Sección Única |
San Isidro, 5 de febrero de 2019
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 166-2018-SINEACE/CDAH-P, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de octubre 2018, se oficializó el Acuerdo N° 090-2018-CDAH de sesión del 17 de setiembre 2018, por el cual el Consejo Directivo Ad Hoc, acordó establecer que las entidades educativas que presenten solicitudes de evaluación externa con fines de acreditación, previamente deberán contar con licenciamiento o, revalidación en los casos de los institutos de educación superior pedagógicos;
Que, se considera pertinente que la disposición establecida en la resolución indicada precedentemente debe ser de aplicación también a solicitudes de reconocimiento de acreditaciones otorgadas por entidades acreditadoras nacionales o internacionales, a fin de guardar coherencia con lo establecido en el Pilar 3: Acreditación para la mejora continua de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, en el que se señala que: “(…) solo las instituciones o programas de educación superior que cuenten con licencia o autorización de funcionamiento otorgado por la SUNEDU, podrán solicitar la evaluación externa con fines de acreditación o el reconocimiento de la acreditación otorgada por entidades acreditadoras nacionales o internacionales”;
Que, en atención a lo antes indicado, mediante Acuerdo N° 104-2018-SINEACE de sesión del 26 de octubre 2018, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc acordaron se emita la correspondiente resolución de Presidencia, mediante la cual se precise que, solo las instituciones de educación superior que cuenten con licenciamiento o, revalidación en los casos de los institutos de educación superior pedagógicos, podrán solicitar reconocimiento de acreditaciones otorgadas por entidades acreditadoras nacionales o internacionales; por lo que, es necesario, emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior...
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