RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 114-2019-P-CJSCL/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen la revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales de las diferentes especialidades profesionales que se encuentran habilitados para ser designados o nombrados como tales en el Distrito Judicial del Callao para el año judicial 2019-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 114-2019-P-CJSCL/PJ

Fecha de disposición05 Febrero 2019
Fecha de publicación07 Febrero 2019
SecciónSección Única

Callao, 5 de febrero de 2019

VISTO:

El Oficio Nº 41-2019-GAD-USJ-CSJCL/PJ de fecha 04 de febrero de 2019, cursado por la Unidad de Servicios Judiciales de la Corte Superior de Justicia del Callao.

CONSIDERANDO:

Que, en aplicación del numeral 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución de la Presidenta de la Corte Superior de Justicia dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en su respectivo distrito judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Que, el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) es el organismo de auxilio judicial de carácter público que constituye una base de datos que cuenta con información específica y actualizada de profesionales o especialistas seleccionados. El REPEJ funciona en la sede de la Corte Superior de Justicia de cada distrito judicial, en una instalación que deberá tener las condiciones que aconsejan las circunstancias (artículos 3° y 5° del Reglamento).

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 023-2019-P-CSJCL/PJ de fecha 07 de enero de 2019, se dispuso el inicio del Proceso de Revalidación de Inscripción de los Peritos Judiciales (REPEJ), correspondiente al año judicial 2019, estableciéndose que el plazo para presentar solicitudes se realizaría del 08 al 31 de enero de 2019.

Que, la Resolución Administrativa citada, en su considerando cuarto, estableció que los profesionales que participen en el proceso debían presentar, además de los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, la constancia de encontrarse hábil para el ejercicio del cargo, expedida por cada colegio profesional competente.

Que, el artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 25 de agosto de 1998, establece que: “Anualmente, el profesional o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR