RESOLUCION, N° 2601-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundada tacha interpuesta contra solicitud de inscripción de candidato para alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca-RESOLUCION-N° 2601-2018-JNE

Fecha de disposición07 Febrero 2019
Fecha de publicación07 Febrero 2019
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

Expediente Nº ERM.2018030074

LOS BAÑOS DEL INCA - CAJAMARCA - CAJAMARCA

JEE CAJAMARCA (ERM. 2018022096)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, tres de setiembre de dos mil dieciocho

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Fernando Chuquiruna Gallardo, personero legal de la organización política Partido Democrático Somos Perú, contra la Resolución Nº 1149-2018-JEE-CAJA/JNE, de fecha 23 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Cajamarca, que declaró fundada la tacha interpuesta contra la solicitud de inscripción de Edilberto Aguilar Flores, candidato de la citada organización política para alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

El 19 de junio de 2018, Fernando Chuquiruna Gallardo, personero legal de la organización política Partido Democrático Somos Perú, presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Los Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca.

Dicha solicitud fue admitida a trámite mediante la Resolución Nº 00537-2018-JEE-CAJA/JNE, del 20 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Cajamarca (en adelante, JEE).

Con fecha, 23 de julio de 2018, Leónidas Calderón Mendoza (en adelante, tachante) formuló tacha contra Edilberto Aguilar Flores, candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, por la organización política Partido Democrático Somos Perú, indicando que este habría incorporado información falsa en la Declaración Jurada de Hoja de Vida, toda vez que, en el rubro datos personales, el candidato habría colocado como lugar de nacimiento el distrito de Los Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca; sin embargo, durante su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2010, el mismo candidato declaró como lugar de nacimiento el distrito de La Encañada, provincia y departamento de Cajamarca, conforme lo señala su partida de nacimiento.

Mediante Resolución Nº 591-2018-JEE-CAJA/JNE, de fecha 24 de julio de 2018, el JEE corrió traslado de la tacha, a fin que, en el plazo de un (1) día calendario, realice los descargos pertinentes.

Con fecha, 27 de julio de 2018, el personero legal titular de la organización política cumplió con presentar sus descargos, precisando que:

  1. En efecto, el lugar de nacimiento del candidato es la Encañada, conforme aparece en la partida de nacimiento que se adjuntó a los...

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