RESOLUCION, N° 2536-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que resolvió retirar candidatura de ciudadano como regidor para el Concejo Distrital de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-N° 2536-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2019

Expediente N° ERM.2018028677

SANTIAGO DE SURCO - LIMA - LIMA

JEE LIMA OESTE 3 (ERM.2018002384)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintinueve de agosto de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Benjamín Poblete Loaiza en contra de la Resolución N° 00531-2018-JEE-LIO3/JNE, del 16 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3, que resolvió retirar su candidatura como regidor por la organización política Partido Democrático Somos Perú, para el Concejo Distrital de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución N° 00106-2018-JEE-LIO3/JNE, del 20 de junio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3 (en adelante, JEE) admitió y publicó la lista de candidatos de la organización política Partido Democrático Somos Perú (en adelante, la organización política) para el Concejo Distrital de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, integrada por Benjamín Poblete Loaiza, como candidato a regidor N° 4. Luego de resuelta la tacha formulada, a través de la Resolución N° 00401-2018-JEE-LIO3/JNE, del 29 de julio de 2018, el JEE inscribió la mencionada lista de candidatos.

No obstante, con escrito del 7 de agosto de 2018, el personero legal de la organización política solicitó el retiro del candidato Benjamín Poblete Loaiza, argumentando lo siguiente:

a. El 3 de agosto de 2018, se publicó en las redes sociales una denuncia policial incoada contra el referido candidato, por maltratos físicos y psicológicos en agravio de su esposa, Delia Francisca Flores Bustamante, lo que contraviene los principios partidarios de defensa irrestricta de la persona humana y de la dignidad de la persona.

b. Los descargos del mencionado candidato no resultan suficientes, por cuanto se han afectado los principios fundamentales establecidos en su estatuto partidario, esto es, de respeto a los derechos humanos y dignidad de la persona.

Por medio de la Resolución N° 00531-2018-JEE-LIO3/JNE, del 16 de agosto de 2018, el JEE resolvió retirar a Benjamín Poblete Loaiza de la lista de candidatos presentada por la organización política para el Concejo Distrital de Santiago de Surco, bajo los siguientes fundamentos:

a. El 7 de agosto de 2018, ingresó el escrito presentado por el personero legal alterno de la organización política solicitando el retiro del candidato Benjamín Poblete Loaiza de la lista...

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