ACUERDO, Nº 003-2019-MDPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA - Establecen la remuneración mensual del Alcalde y la dieta de los Regidores-ACUERDO-Nº 003-2019-MDPH

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Fecha de la disposición17 de Enero de 2019

Punta Hermosa, 17 de enero de 2019

VISTO:

EI Informe Nº 006-2019-MDPH/GPyP (08.01.19) de la Gerencia Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 001-2019-MDPH-GAJ (14.01.19)de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la aprobación de la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores, concordante con el artículo 12º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad al numeral 28) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es función del concejo municipal, aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores, concordante con el artículo 12º de la antes precitada norma legal. Los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que las fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. Asimismo, conforme al artículo 21º...

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