RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 000040 2019/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Delegan facultades en el Gerente Municipal-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 000040 2019/MDSA

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Fecha de la disposición 2 de Enero de 2019

Santa Anita, 2 de enero de 2019

VISTO: El Informe Nº 005 – 2019 GAJ/MDSA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; de fecha 02 de Enero de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 20) del artículo 20º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades” otorga al Alcalde la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal, texto concordante con los artículos 27º y 39º de la citada norma, cuando señala que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva, designado por el Alcalde mediante Resolución de Alcaldía, quien entre otros resuelve los aspectos administrativos a su cargo a través de Resoluciones y Directivas, respectivamente;

Que, el numeral 61.1 del artículo 61º de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General prescribe que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la Ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de ellas se derivan;

Que, la norma antes acotada en su numeral 61.2 del mismo artículo dice que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, el numeral 74.3 del artículo 74º de la Ley Nº 27444Ley del Procedimiento Administrativo General” señala que a los órganos jerárquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses;

Que, resulta necesario desconcentrar al Despacho de Alcaldía de los procesos decisorios y se transfieran las facultades...

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