DECRETO SUPREMO, N° 039-2019-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban normas reglamentarias y complementarias del Saneamiento Financiero de la deuda tributaria de las Empresas Prestadoras Municipales a que se refiere el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1359-DECRETO SUPREMO-N° 039-2019-EF
Emisor | ECONOMIA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 1 de Febrero de 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1359 se establecen las medidas para el saneamiento financiero sobre las deudas de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento;
Que, entre dichas medidas, se incluye una referida al saneamiento de la deuda tributaria por concepto de impuesto a la renta generada como consecuencia de la(s) transferencia(s) a título gratuito de infraestructura de saneamiento que recibieron las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal hasta el ejercicio 1999, así como las multas generadas por el incumplimiento de obligaciones vinculadas a dicho concepto;
Que, el párrafo 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1359 dispone que en caso el importe de la deuda tributaria por concepto del impuesto a la renta de un ejercicio se origine en más del 50% por la(s) transferencia(s) a título gratuito de infraestructura de saneamiento, el total de dicha deuda se considera, para efectos del saneamiento, como originada por dicho supuesto y que, en caso el importe de la deuda tributaria por impuesto a la renta de un ejercicio originada por las mencionadas transferencias sea igual o menor al 50%, el reglamento puede establecer cómo se determina la extinción de multas e intereses. Agrega a continuación que dicho reglamento también puede establecer las normas complementarias necesarias para la aplicación del saneamiento de la deuda tributaria en general;
Que, asimismo, la Tercera Disposición Complementaria Final del citado decreto legislativo establece que dentro de los ciento veinte (120) días calendario siguientes a su publicación en el diario oficial El Peruano, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la correcta aplicación del saneamiento de la deuda tributaria a que se refiere su artículo 5;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1359 que establece medidas para el saneamiento financiero sobre las deudas de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, así como el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Apruébanse las normas reglamentarias y complementarias del Saneamiento Financiero de la deuda tributaria de las Empresas Prestadoras Municipales a que se refiere el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1359 que establece medidas para el saneamiento financiero sobre las deudas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; que consta de un (1) título preliminar con dos (2) artículos, cuatro (4) títulos y trece (13) artículos, los cuales forman parte integrante del Decreto Supremo.
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un día días del mes de enero del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
1.1 Para efecto del Decreto Supremo se entiende por:
[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]
1.2 Cuando se haga referencia a un artículo sin mencionar la norma a la que pertenece, se entiende referido al Decreto Supremo. Asimismo, cuando se señalen párrafos, literales o numerales sin indicar el artículo, párrafo o literal al que pertenecen, se entienden referidos al artículo o párrafo o literal en el que se mencionan respectivamente.
El Decreto Supremo tiene por objeto aprobar las normas reglamentarias y complementarias para la aplicación del Saneamiento Financiero Tributario de las Empresas Prestadoras Municipales.
La deuda materia del Saneamiento Financiero Tributario comprende, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo:
a) Al Tributo pendiente de pago a la fecha de acogimiento, cualquiera que sea el estado en que se encuentre, contenido incluso en resoluciones de...
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