ORDENANZA, Nº 039-2019-MDMM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR - Ordenanza que establece el Régimen de Gradualidad de las Sanciones por Infracciones Tributarias-ORDENANZA-Nº 039-2019-MDMM

EmisorMUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Fecha de la disposición31 de Enero de 2019

Magdalena del Mar, 22 de enero de 2019

EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 02 de la fecha, y;

VISTOS:

El Informe Conjunto Nº 05-2019-MDMM-GATR/SEFT/SCyEC, de fecha 07 de enero de 2019, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva y la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 037-2019-MDMM, de fecha 15 de enero del 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 022-2019-MDMM-GM, de fecha 17 de enero de 2019, emitido por la Gerencia Municipal, respecto al proyecto de Ordenanza que establece el Régimen de Gradualidad y Sanciones por Infracciones Tributarias;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar el pago de ellos, dentro del territorio de su competencia y con los límites que señala la Ley;

Que, según el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nª156-2004-EF, señala que en concordancia con los prescrito por el numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la Ley; debiendo aprobarse mediante Ordenanza Municipal, con las limitaciones establecidas en la normativa vigente;

Que, de conformidad con el artículo 166º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, la Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias; y que, en virtud de dicha facultad discrecional también puede aplicar gradualmente las sanciones por infracciones tributarias, en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar;

De conformidad con lo expuesto y teniendo en cuenta los incisos 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD, aprobó lo siguiente:

Artículo Primero ALCANCE

Establézcase el Régimen de...

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