ORDENANZA, Nº 403-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Ordenanza que establece beneficio por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2019, fechas de vencimiento de tributos municipales y que fija el monto mínimo del Impuesto Predial-ORDENANZA-Nº 403-MVES

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Fecha de la disposición29 de Enero de 2019

Ordenanza que establece beneficio por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2019, fechas de vencimiento de tributos municipales y que fija el monto mínimo del Impuesto Predial

ORDENANZA Nº 403-MVES

Villa El Salvador, 25 de enero de 2019

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

VISTOS: El Memorando Nº 054-2019-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 09-2019-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y los Informes Nros. 001-2019-GAT/MVES y 010-2019-GAT/MVES de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre “Ordenanza que establece el beneficio por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del Ejercicio Fiscal 2019, fechas de vencimiento de tributos municipales y que fija el monto mínimo del impuesto predial”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional y el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establecen que: “Los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley”;

Que, el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú establece que el Concejo Municipal cumple función normativa fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, tienen rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida en el segundo párrafo del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece: “(…) Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…)”;

Que, la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante...

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