DECRETO SUPREMO, N° 009-2019-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Prórroga del Estado de Emergencia en distritos de las provincias de Huanta y La Mar (Ayacucho), de las provincias de Tayacaja y Churcampa (Huancavelica), de la provincia de La Convención (Cusco) y de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo (Junín)-DECRETO SUPREMO-N° 009-2019-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición25 de Enero de 2019

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 117-2018-PCM, publicado el 29 de noviembre de 2018, se declaró la prórroga por el término de SESENTA (60) días calendario, a partir del 30 de noviembre de 2018, el Estado de Emergencia en los distritos de Huanta, Ayahuanco, Santillana, Chaca, Sivia, Llochegua, Canayre, Uchuraccay, Pucacolpa y Luricocha de la provincia de Huanta y en los distritos de San Miguel, Anco, Ayna, Chungui, Oronccoy, Santa Rosa, Tambo, Samugari, Anchihuay de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; en los distritos de Pampas, Huachocolpa, Quishuar, Salcabamba, Salcahuasi, Surcubamba, Tintaypuncu, Roble, Andaymarca, Daniel Hernández y Colcabamba de la provincia de Tayacaja y en los distritos de Chinchihuasi, Churcampa, La Merced, Pachamarca, Paucarbamba, San Pedro de Coris de la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica; en los distritos de Echarate, Megantoni, Kimbiri, Pichari, Vilcabamba, Inkawasi, Villa Kintiarina y Villa Virgen de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; y, en los distritos de Llaylla, Mazamari, Pampa Hermosa, Pangoa, Vizcatán del Ene y Río Tambo de la provincia de Satipo, en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín;

Que, mediante Informe Técnico N° 001-19 CCFFAA/D-3/DCT (S) de fecha 7 de enero de 2019, el Jefe de la División de Operaciones – Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, concluye, desde el punto de vista operacional, que de los CINCUENTA Y CUATRO (54) distritos declarados en Estado de Emergencia, CINCUENTA Y TRES (53) distritos deben mantenerse en dicha situación, a excepción del distrito de Megantoni, de la provincia de La Convención, del departamento del Cusco, con el fin que las Fuerzas Armadas puedan continuar con las operaciones y acciones militares dentro del área de responsabilidad del CE-VRAEM;

Que, en relación al párrafo precedente, mediante Dictamen N° 03-2019/CCFFAA/OAJ, (S) de fecha 7 de enero de 2019, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, opina que la prórroga del Estado de Emergencia de los CINCUENTA Y TRES (53) distritos indicada en la recomendación presentada por el Jefe de la División de Operaciones – Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, se encuentra comprendida dentro de los alcances del marco legal previsto en el numeral (1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú;

Que, de acuerdo al Informe Técnico N° 001-19 CCFFAA/D-3/DCT (S) del Jefe de la División de Operaciones – Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de fecha 7 de enero de 2019, y al Dictamen N° 03-2019/CCFFAA/OAJ, (S) del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de fecha 7 de enero de 2019, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informa con Oficio N° 008 JCCFFAA/D-3/DCT (S) de fecha 7 de enero de 2019, que...

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