RESOLUCION, N° 004-2019-DP/SSG, ORGANISMOS EJECUTORES, DESPACHO PRESIDENCIAL - Designan Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial-RESOLUCION-N° 004-2019-DP/SSG

Fecha de disposición15 Enero 2019
Fecha de publicación16 Enero 2019

Lima, 15 de enero de 2019

VISTO; el Informe Nº 000021-2019-DP-SSG-ORH, de fecha 11 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Recursos Humanos, sobre la designación de la Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas;

Que, el artículo 92º de la precitada Ley, señala que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, el cual puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; asimismo, señala que la secretaría técnica depende de la oficina de recursos humanos de la entidad o la que haga sus veces;

Que, el artículo 94º del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que la Secretaría Técnica que presta apoyo a las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario puede estar compuesta por uno o más servidores, quienes pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, siendo designados mediante resolución del titular de la entidad;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8º de la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2016-SERVIR-PE, prevé que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario y está a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones que viene ejerciendo o específicamente para dicho propósito;

Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057...

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