RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 008-2019-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio y del CONADIS, del proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 3, 52, 57, 67 y 69 del Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 008-2019-MIMP

Fecha de disposición12 Enero 2019
Fecha de publicación12 Enero 2019
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

11 de enero de 2019

Vistos, la Nota Nº 347-2018-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, el Informe Nº 237-2018-CONADIS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del CONADIS y el Informe Nº 221-2018-CONADIS/DPD de la Dirección de Políticas en Discapacidad del CONADIS;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada mediante Decreto Supremo Nº 073-2007-RE, dispone que los Estados Partes están comprometidos a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna, debiendo adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la referida Convención;

Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 27 de la citada Convención dispone que los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido y aceptado, en un mercado y un entorno laborable que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad;

Que, en el marco de la obligación de adoptar medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la citada Convención, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1417, Decreto Legislativo que promueve la inclusión de las personas con discapacidad, se modificaron los artículos 50 y 76 de la Ley General de la Persona con Discapacidad y se dispuso en su Primera Disposición Complementaria Final que en MIMP es el encargado de adecuar el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP al citado Decreto Legislativo;

Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, dispone que las autoridades de los distintos sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones...

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