DECRETO SUPREMO, N° 001-2019-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Aprueban cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39-DECRETO SUPREMO-N° 001-2019-EM
Emisor | ENERGIA Y MINAS |
Fecha de la disposición | 3 de Enero de 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia;
Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;
Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y que las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, dentro del plazo establecido en el artículo 11 de dicho dispositivo legal;
Que, asimismo, el Artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; y, que las cesiones conllevarán el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantías y obligaciones otorgadas y asumidas en el Contrato por el Contratista;
Que, mediante Decreto Supremo N° 028-99-EM, de fecha 07 de julio de 1999, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39, el mismo que fue suscrito entre PERUPETRO S.A. y BARRETT RESOURCES (PERU) CORPORATION, SUCURSAL DEL PERÚ;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2001-EM, de fecha 05 de febrero de 2001, se aprobó la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón - Lote 39, por la cual la empresa BARRETT RESOURCES (PERU) CORPORATION, SUCURSAL DEL PERÚ, cedió el sesenta por ciento (60%) de su participación en el Contrato a la empresa REPSOL EXPLORACIÓN PERÚ, SUCURSAL DEL PERÚ;
Que, mediante Decreto Supremo N° 039-2002-EM, de fecha 23 de octubre de 2002, se aprobó la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Cuenca Marañón- Lote 39, referida a la incorporación de incentivos a la exploración; un descuento en treinta por...
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