RESOLUCION SUPREMA, N° 193-2018-DE, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Modifican conformación de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal creada mediante R.S. N° 057-2018 DE/-RESOLUCION SUPREMA-N° 193-2018-DE
Emisor | DEFENSA |
Fecha de la disposición | 28 de Diciembre de 2018 |
Lima, 28 de diciembre de 2018
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución Suprema N° 057-2018 DE/ crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, encargada de proponer una alternativa de solución normativa ante la problemática en la adjudicación de vivienda del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú que hayan fallecido en cumplimiento del deber y del personal que resulte con discapacidad permanente y absoluta por la referida causa, en el marco de la Ley N° 23694 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 037-84-VC; del Decreto Ley N° 25964; de la Ley N° 24988; y del Decreto Supremo N° 003-93-PRES;
Que, de acuerdo a la Resolución Suprema N° 057-2018 DE/, los integrantes de la citada Comisión Multisectorial son representantes del a) Ministerio de Defensa (quien lo preside), b) Ministerio del Interior, c) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, d) Ministerio de Economía y Finanzas, e) Ejército del Perú, f) Marina de Guerra del Perú; g) Fuerza Aérea del Perú, y h) Policía Nacional del Perú;
Que, la Ley N° 23694 que autoriza al Poder Ejecutivo a adjudicar viviendas a los deudos de los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y de las Fuerzas Policiales (FF.PP.) que fallezcan o hayan fallecido en cumplimiento del deber, señala en su artículo 2, que el Poder Ejecutivo cancelará el valor de las viviendas adjudicadas con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI);
Que, el Decreto Supremo N° 037-84-VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Viviendas a los deudos de los miembros de las FF.AA. y FF.PP. que fallezcan o hayan fallecido en cumplimiento del deber, indica que el valor de las viviendas adjudicadas se cancelarán con recursos del FONAVI;
Que, la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, crea una Comisión Ad Hoc encargada de la devolución de aportes y que, adicionalmente, se encarga de la administración y recuperación de las acreencias, fondos y activos del FONAVI, así como de los pasivos que mantenga el fondo;
Que, en tal sentido, resulta apropiado que la Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625 conforme la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 057-2018 DE/;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política...
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