RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 1055-2018 MTC/02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Plataformas Logísticas-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 1055-2018 MTC/02

Fecha de publicación29 Diciembre 2018
Fecha de disposición27 Diciembre 2018

Lima, 27 de diciembre de 2018

VISTO: El Memorándum Nº 648-2018-MTC/13 de la Dirección General de Transporte Acuático; el Memorándum Nº 2451-2018-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 12 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior, incorporado por el artículo 3 de la Ley Nº 30809, Ley que modifica la Ley 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior, y la Ley 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones las competencias normativas, de planificación, de gestión, de regulación, de fiscalización y de evaluación del Sistema de Plataformas Logísticas para la generación de volúmenes de carga que inciden en la reducción de costos logísticos y una mejor distribución modal de transporte;

Que, el artículo citado en el considerando precedente dispone también que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de manera directa o a través de terceros puede administrar, operar y mantener las plataformas logísticas de titularidad del Estado, bajo cualquiera de las modalidades permitidas por ley; observando en todos los casos, lo establecido en los artículos 60 y 61 de la Constitución Política del Perú;

Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30809, Ley que modifica la Ley 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior, y la Ley 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Económico, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco del desarrollo de plataformas logísticas, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada ley, dicta las disposiciones complementarias y reglamentarias pertinentes para su cumplimiento;

Que, de acuerdo a los artículos 4 y 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio es competente de manera exclusiva en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional; asimismo, tiene como funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos...

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